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Fiscalidad

IVA franquiciado en Europa: ¿por qué los autónomos españoles pagan IVA desde el primer euro?

Un autónomo en Alemania que factura 20.000 euros al año no tiene que declarar IVA. Uno en Italia, hasta 65.000 euros. En Portugal, hasta 14.500 euros. En Francia, hasta 34.400 euros.

En España, desde el primer euro.

No es una opinión. Es la realidad normativa. España es, en la práctica, el único país de la UE donde los autónomos deben aplicar IVA desde el primer euro de facturación. Y Bruselas ha iniciado un procedimiento por incumplimiento.

Vídeo completo: España y el IVA — La anomalía europea (6 min)

También disponible en formato corto (1 min) →

Qué es el IVA franquiciado

El IVA franquiciado (o régimen de franquicia del IVA) es un sistema que permite a los autónomos y pequeñas empresas cuya facturación anual no supere un determinado umbral no repercutir IVA en sus facturas.

En la práctica, esto significa:

  • No incluyen IVA en el precio de sus servicios o productos
  • No tienen que presentar declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303)
  • Se reduce significativamente la carga administrativa y los costes de cumplimiento

A cambio, quienes se acojan a este régimen no pueden deducirse el IVA soportado en sus compras. Por eso es especialmente ventajoso para profesionales con pocos gastos: consultores, traductores, profesores, diseñadores freelance, pequeños artesanos...

Importante: El régimen de franquicia es voluntario. Cada autónomo puede decidir si le conviene acogerse o no, dependiendo de su estructura de gastos. Si tienes muchos gastos con IVA deducible, puede no interesarte.

Qué dice la Unión Europea

La Directiva (UE) 2020/285 modificó el sistema común del IVA para establecer un régimen especial para las pequeñas empresas. Sus puntos clave:

  • Umbral máximo doméstico: cada Estado miembro puede fijar un umbral de hasta 85.000 euros de facturación anual
  • Umbral intracomunitario: hasta 100.000 euros de facturación en el conjunto de la UE
  • Plazo de transposición: los Estados miembros debían adoptar las normas necesarias antes del 31 de diciembre de 2024
  • Entrada en vigor prevista: 1 de enero de 2025

La directiva no obliga a los Estados a aplicar la exención internamente (es decir, un país puede elegir no ofrecer franquicia a sus propios autónomos), pero sí obliga a transponer las disposiciones que permitan a las pymes de un Estado acogerse al régimen en otros Estados miembros. Esto requiere procedimientos de registro, números de identificación específicos ("EX number") y un sistema de información compartido.

España no ha hecho nada de esto.

Qué países lo aplican (y con qué límites)

Prácticamente todos los países de la UE tienen alguna forma de franquicia de IVA. Estos son los umbrales de los principales:

País Umbral de franquicia Observaciones
🇮🇹 Italia 85.000 € Régimen forfettario (15% tipo fijo)
🇵🇹 Portugal 14.500 € Hasta 64.600 € según actividad
🇫🇷 Francia 34.400 € Varía: 42.900 € o 33.300 € según sector
🇩🇪 Alemania 22.000 € Kleinunternehmerregelung
🇧🇪 Bélgica 25.000 €
🇮🇪 Irlanda 80.000 € 37.500 € para servicios
🇳🇱 Países Bajos 20.000 € KOR (Kleineondernemersregeling)
🇦🇹 Austria 35.000 €
🇵🇱 Polonia 200.000 PLN ~46.000 €
🇪🇸 España 0 € No existe. IVA desde el primer euro.

Dato: España es, en la práctica, el único país de la UE donde los autónomos deben aplicar IVA desde el primer euro de facturación.

Por qué España no lo ha aplicado

Las razones son varias, aunque ninguna es técnicamente insalvable:

1. Impacto en la recaudación

El IVA es una de las principales fuentes de ingresos tributarios. Eximir a una parte de los autónomos supondría una pérdida de recaudación que Hacienda ha sido reticente a asumir. Según las estimaciones que se manejaron en las negociaciones, el ahorro medio para los autónomos acogidos sería de unos 600 euros anuales, lo que da una idea del impacto agregado.

2. Inestabilidad política

La transposición de la directiva requiere cambios legislativos que se han visto afectados por la situación parlamentaria. Sin mayoría estable, las reformas fiscales se estancan.

3. Reticencia del Gobierno

El Gobierno ha indicado expresamente que no tiene intención de aplicar la exención interna del IVA para pymes españolas. Es decir, aunque transpusiera la directiva para las operaciones transfronterizas (lo que sí es obligatorio), no ofrecería franquicia doméstica.

4. Negociaciones sin resultado

Durante 2023 y 2024 hubo mesas de trabajo con organizaciones de autónomos (ATA) y agentes sociales. Se habló de un umbral de 85.000 euros (el máximo permitido por la UE). Pero las negociaciones no se tradujeron en legislación.

Resultado: el plazo de transposición venció el 31 de diciembre de 2024 y España no adoptó ninguna medida.

Bruselas lleva a España al Tribunal de Justicia

La Comisión Europea ha iniciado el procedimiento para llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no haber transpuesto la Directiva 2020/285, solicitando la imposición de sanciones económicas.

  • 31 diciembre 2024
    Vence el plazo de transposición. España no ha adoptado ninguna medida.
  • 31 enero 2025
    Bruselas envía carta de emplazamiento a España.
  • Julio 2025
    Dictamen motivado de la Comisión: última advertencia antes de la vía judicial.
  • Marzo 2026
    La Comisión inicia el procedimiento para llevar a España al TJUE. Solicita sanciones económicas.

Las organizaciones de autónomos, como ATA, han instado al Gobierno a actuar de inmediato y transponer la directiva.

Qué podría pasar en los próximos años

Hay varios escenarios posibles:

Escenario 1: Transposición mínima (sin franquicia doméstica)

España transpone las disposiciones transfronterizas de la directiva (registro, números EX, intercambio de información) pero no establece franquicia interna. Los autónomos españoles seguirían declarando IVA desde el primer euro, aunque podrían acogerse al régimen en otros Estados miembros.

Escenario 2: Transposición con franquicia doméstica

España aprovecha la transposición para establecer un umbral de franquicia doméstico, posiblemente de 85.000 euros (el máximo permitido). Este es el escenario que piden ATA y las organizaciones de autónomos. Significaría que cientos de miles de autónomos dejarían de declarar IVA trimestralmente.

Escenario 3: España no actúa y recibe sanciones

Si España no transpone la directiva ni siquiera tras la demanda del TJUE, podría enfrentarse a multas coercitivas diarias hasta que cumpla. Este escenario, aunque extremo, no es descartable dado el historial de retrasos.

Lo más probable: la demanda del TJUE acelerará la transposición. La presión mediática y económica (posibles sanciones) hace difícil seguir ignorando la situación. La pregunta es si España incluirá franquicia doméstica o se limitará al mínimo.

¿A quién beneficiaría el IVA franquiciado en España?

Principalmente a autónomos con pocos gastos deducibles y facturación moderada:

  • Profesionales de servicios: consultores, traductores, diseñadores, programadores freelance, profesores particulares
  • Pequeños artesanos: con producción limitada y venta directa
  • Autónomos a tiempo parcial: que compatibilizan con empleo por cuenta ajena
  • Nuevos autónomos: que en sus primeros años facturan por debajo del umbral

Para autónomos con una estructura de costes importante (compras de material, maquinaria, alquileres con IVA), la franquicia podría no interesar, ya que perderían la deducción del IVA soportado. Por eso el régimen es voluntario: cada uno elige según su situación.

Conclusión

El IVA franquiciado no es una novedad experimental: lleva décadas funcionando en toda Europa. La Directiva 2020/285 simplemente lo armonizó y amplió a las operaciones transfronterizas.

España es, en la práctica, el único país de la UE donde los autónomos tributan IVA desde el primer euro. El Gobierno ha indicado que no tiene intención de aplicar la franquicia doméstica. Bruselas ha respondido iniciando un procedimiento ante el Tribunal de Justicia.

Mientras tanto, los autónomos españoles siguen declarando IVA desde el primer euro, presentando el modelo 303 cada trimestre, y asumiendo una carga administrativa que sus colegas europeos no tienen.

Sea cual sea el desenlace, lo que parece claro es que la situación actual no es sostenible. La pregunta ya no es si España transpondrá la directiva, sino cuándo y con qué alcance.

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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal. Las fechas y condiciones pueden variar según normativa posterior. Consulta con tu asesor fiscal para tu caso concreto. Última actualización: 12 de marzo de 2026.